Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: La solicitud efectuada por la firma SUDAMTEX de Uruguay S.A., a
fin de que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el
Banco de Previsión Social a 44 (cuarenta y cuatro) de sus empleados.
Resultando: Que la citada empresa se vio obligada a mermar parcial y
transitoriamente su producción, ante una situación coyuntural adversa,
ajena a su gestión y producción, que ha afectado a la generalidad de la
Industria Textil Nacional, determinado la imposibilidad del reintegro de
sus trabajadores a su trabajo habitual en forma inmediata.
Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto - Ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, teniendo presente que posee tecnología
de avanzada y con personal especializado que se perdería si no se prorroga
el Seguro por Desempleo.
III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir
instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener la unidad de
producción.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Extiéndese por 60 días (sesenta), a contar desde los respectivos
vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo que otorga
el Banco de Previsión Social, a los 44 (cuarenta y cuatro) trabajadores
de la firma SUDAMTEX de Uruguay S.A. que se encuentren en condiciones de
acceder a la misma.