FIJACION DE TASA POR LEGALIZACION DE DOCUMENTOS. SEMESTRE JULIO DICIEMBRE 2000




Promulgación: 07/08/2000
Publicación: 24/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: Que corresponde actualizar el monto de la tasa por legalización de
documentos creada por el artículo 21 del Decreto ley Nº 14.755 del 5 de
Enero de 1978;

RESULTANDO: I) Que según lo dispuesto en el artículo 332 de la Ley Nº
16.170 del 28 de Diciembre de 1990 se facultó al Poder Ejecutivo a
actualizar dicho monto según la variación del índice general de precios
al consumo;

II) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de Julio de 1998
atendiendo al índice del costo del período Diciembre 1997-Julio 1998, se
fijó dicha tasa en la suma de $ 109,00 (ciento nueve pesos uruguayos);

ATENTO: a lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 966 del 4
de Diciembre de 1991 que permite delegar atribuciones;

                    EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
                  EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

                                 RESUELVE

1

 FIJASE en la suma de $ 115,00 (ciento quince pesos uruguayos) el monto
de la tasa por legalización de documentos creada por el artículo 21 del
Decreto ley Nº 14.755 del 5 de Enero de 1978 y que regirá para el
semestre Julio Diciembre de 2000.

ANTONIO MERCADER
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