AUTORIZACION A ESSO STANDARD OIL CO. (URUGUAY S.A.) A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO




Promulgación: 04/07/2001
Publicación: 10/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 29
VISTO: la gestión promovida por la empresa ESSO STANDARD OIL CO. (URUGUAY 
S.A.), ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la 
autorización correspondiente para que se le otorgue la habilitación para 
prestar Servicios Portuarios en la categoría fijada en el artículo 9, 
literal A), del Decreto Nº 412/92 del grupo "Al Buque" para "Suministro 
de combustibles de uso marino" en el Puerto de Montevideo.

RESULTANDO: I) Que la presente gesión se efectúa al amparo de lo 
establecido en los artículos 14 y 18 del Decreto Nº 413/992 "Reglamento 
de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios", de 
fecha 1º de setiembre de 1992.

II) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución Nº 127/3.188 
de fecha 18 de abril de 2001, autorizó la habilitación -supeditada a la 
aprobación del Poder Ejecutivo- de la referida empresa para la prestación 
de los servicios solicitados, remitiendo al Ministerio de Transporte y 
Obras Públicas las actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes 
en la intervención de su Unidad de Contralor de Prestación de Servicios 
Portuarios, la cual controló la documentación aportada por la interesada, 
en cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos 
que se exigen reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no 
formulándose objeciones en tal sentido.

III) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría 
Técnica en Asuntos Portuarios, y su Departamento Letrado, no formulan 
observaciones a la habilitación otorgada.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 y los 
citados Decretos Reglamentarios Nºs. 412/992 y 413/992 de 1º de setiembre 
de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

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 Apruébase la habilitación otorgada por la Administración Nacional de 
Puertos a la empresa ESSO STANDARD OIL CO. (URUGUAY S.A.) a prestar 
Servicios Portuarios en la categoría fijada en el artículo 9, literal A), 
del Decreto Nº 412/92 del grupo "Al Buque" para el "Suministro de 
combustibles de uso marino" en el Puerto de Montevideo y, oportunamente, 
proceder a la inscripción de la misma en los Registros General de 
Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios correspondientes.

BATLLE - LUCIO CACERES


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