CREACION DE UNA COMISION INTERMINISTERIAL CON EL FIN DE ESTUDIAR LA REGLAMENTACION DE LA LEY 14.781




Promulgación: 14/06/1978
Publicación: 26/06/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 1137
   Visto: la necesidad de preparar la reglamentación de la ley 14.781, de
12 de mayo de 1978 para concretar el otorgamiento, instrumentación y
posterior administración de las operaciones a que se refiere la mencionada
ley.

   Resultando: I) Que, de conformidad con el decreto 836/976 de 24 de
diciembre de 1976 y la ley 14.644 de 21 de abril de 1977, el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas contrató la construcción de viviendas para los
pobladores de Belén y Constitución que resultaron afectados por las obras
de Salto Grande;

   II) Que, el avance físico de los trabajos, permitirá el cumplimiento
del propósito establecido en las normas citadas precedentemente, ya que se
encuentran listas para su entrega a dichos pobladores, gran número de
viviendas;

   III) Que, por el artículo 2º del decreto 836/976, de 24 de diciembre de
1976 se encomendó al Ministerio de Transporte y Obras Públicas la
realización de todos los estudios y trabajos necesarios para la solución
de los problemas creados en Belén y Constitución por el embalse originado
por la represa de Salto Grande.

   Considerando: I) Que es necesario recabar todos los asesoramientos
pertinentes para dictar la reglamentación del caso;

   II) Que para el estudio, coordinación y redacción de la reglamentación,
es conveniente designar una Comisión en la que intervengan técnicos
vinculados a los entes públicos con competencia en la materia;

   III) Que es necesario fijar un plazo a dicha Comisión para expedirse, a
los efectos de contar a la mayor brevedad con la organización y mecanismos
necesarios, destinados a lograr que los costos sociales de las obras se
reduzcan al mínimo posible,

                        El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

   Créase una Comisión Interministerial, integrada por dos miembros
designados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, uno de los
cuales la presidirá, pertenecientes a la Oficina BECON y un representante
de cada uno de los siguientes Ministerios y Organismos: Ministerio de
Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Delegación Uruguaya a la
Comisión Técnica Mixta de Salto Grande y Banco Hipotecario del Uruguay,
con el fin de estudiar y proyectar las normas reglamentarias a aplicarse
para la ejecución de los objetivos previstos en la ley 14.781 de 12 de
mayo de 1978.

APARICIO MENDEZ - EDUARDO J. SAMPSON - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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