DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. SILOPIN S.A.




Promulgación: 20/10/2008
Publicación: 05/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1661

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 Los bienes que se incorporen con destino a la Obra Civil así como los
bienes muebles necesarios para llevar a cabo la actividad del proyecto de
inversión que se declara promovido en la presente resolución, se podrán
computar como activos exentos a los efectos de la liquidación del Impuesto
al Patrimonio, por el término de 10 años a partir de su incorporación y
los bienes muebles de activo fijo por el término de su vida útil. A los
efectos del cómputo de los pasivos, los citados bienes serán considerados
activos gravados.
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