PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. STILER S.A.




Promulgación: 24/01/2001
Publicación: 31/01/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Fe de erratas publicada/s: 01/02/2001.
                                                                          
VISTO: La solicitud de la Empresa STILER S.A., a fin de que se otorgue el 
beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión 
Social, a 7 (siete), de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la caída de la actividad en la industria de la 
construcción, ha determinado el envío de parte del personal de la empresa 
al Seguro por Desempleo.

II) Que en la actualidad dicho personal no puede ser reintegrado.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del Seguro por 
Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas 
necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días, el beneficio de Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 8 (ocho), trabajadores de la firma STILER S.A., que se encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 219/001 de 16/02/2001 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 87/001 de 24/01/2001 numeral 1.

BATLLE - ALVARO ALONSO


Ayuda