VISTO: la actuación del artista Rod Stewart que se llevará a cabo el día
25 de febrero de 2014 en la ciudad de Montevideo.
RESULTANDO: I) que el evento a realizarse tiene una indudable
trascendencia turística.
II) que la misma ha sido declarada de interés nacional por parte del
Ministerio de Turismo y Deporte.
III) que la mencionada declaratoria de interés nacional manifiesta que la
trascendencia turística de dicha actividad justifica la exoneración que se
solicita
CONSIDERANDO: conveniente otorgar en el marco de las disposiciones legales
vigentes, aquellos beneficios fiscales que mejoren las condiciones de
realización de la referida actuación.
ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312
de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las retribuciones
personales generadas por la actuación del artista Rod Stewart,
correspondientes al espectáculo que se llevará a cabo el día 25 de febrero
de 2014 en la ciudad de Montevideo.