AUTORIZACION PROVISORIA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEFONIA DE LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL DE TRASMISION DE DATOS. GC SAC ARGENTINA S.R.L.




Promulgación: 22/05/2002
Publicación: 28/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 809
Referencias a toda la norma

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 La autorizada dispondrá de un plazo de 2 (dos) años a partir de la fecha 
de la presente Resolución, para proceder a la puesta en funcionamiento de 
su sistema, vencido el cual sin que haya comenzado la operación, se 
considerará cancelada la presente autorización. En el caso del servicio 
de telefonía de larga distancia internacional, deberá efectivizarse la 
puesta en funcionamiento del sistema en todo el territorio nacional en el 
plazo antes indicado.
Referencias al numeral
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