VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 2 de mayo de 2012.
RESULTANDO: I) Que por el citado acto administrativo citado se aprobó la
Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N°
5/3.623 de 24 de enero de 2012, por la cual se otorgó a la firma BILTECOR
S.A., un permiso de ocupación de un área de 1.135 m² ubicada en el espacio
comprendido entre el Complejo Frigorífico y la vía que ingresa al Muelle
11.
II) Que la mencionada Administración Nacional manifiesta que para
efectivizar la entrega de dicha área a la permisaria, ésta debía ampliar
la habilitación al grupo a la mercadería categoría E) "Servicios Varios y
Conexos", de acuerdo a lo establecido en el Numeral 1, 2°) de la citada
resolución, y ante la intimación efectuada a tales fines, la firma
interesada omitió la presentación de la documentación solicitada.
III) Que en consecuencia, en atención al tiempo transcurrido y al
incumplimiento de la empresa, la Administración Nacional de Puertos por
Resolución de Directorio 913/3.706 de 20 de noviembre de 2013, resolvió
dejar sin efecto la Resolución N° 5/3.623 de 24 de enero de 2012.
IV) Que la División Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada)
del Ministerio de Transporte y Obras Publicas, ha tomado la intervención
que le compete, sin formular observaciones a lo actuado.
CONSIDERANDO: que en virtud de lo reseñado, corresponde en esta instancia,
dejar sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de 2 de mayo de 2012.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 2 de mayo de
2012, aprobatoria de la Resolución del Directorio de la Administración
Nacional de Puertos N° 5/3.623 de 24 de enero de 2012, por la cual se
otorgó a la firma BILTECOR S.A., un permiso de ocupación de un área de
1.135 m² ubicada en el espacio comprendido entre el Complejo Frigorífico y
la vía que ingresa al Muelle 11.