Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca,
a los fines que se expresarán.
Resultando: I) Con fecha 15 de noviembre de 1988 la firma ARUSA S.A. solicitó el correspondiente permiso de pesca, para ejercer actividades de
comercialización al por mayor;
II) El Instituto Nacional de Pesca, con fecha 29 de noviembre de 1988
expresa que han dado los extremos previstos reglamentariamente para acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con
todas las obligaciones de información que, con fines técnicos,
estadísticos o de investigación, le fueran requeridos por el Instituto,
en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto ley 14.484, de
18 de diciembre de 1975.
Considerando: convenientes de acuerdo con los informes favorables vertidos en estos obrados, proceder en la forma solicitada por la firma peticionaria.
Atento: a lo preceptuado por el artículo 22 de la ley 13.833, de 29 de
diciembre de 1969, lo artículos 20 y 21 del decreto 711/971 de fecha 28
de octubre de 1971, decreto ley 14.484, de 18 de diciembre de 1975 y resolución 1.715/976 de 3 de diciembre de 1976,
El Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
Otórgase, a favor de la firma ARUSA S.A., el correspondiente permiso para ejercer actividades de comercialización al por mayor de productos de la pesca.