PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. SOCIEDAD INDUSTRIALIZADORA DE LANAS S.A.




Promulgación: 28/10/1998
Publicación: 06/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 VISTO: El planteo realizado por SOCIEDAD INDUSTRIALIZADORA DE LANAS S.A.,
solicitando la extensión del Seguro por Desempleo de su personal.

 RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a mermar su
producción en virtud de serias dificultades para la exportación de sus
productos, por factores coyunturales ajenos a su producción que han
afectado a la Industria Textil Nacional.

 II) Que dichos factores determinan que la empresa se vea imposibilitada
de reingresar en forma inmediata a la totalidad de sus trabajadores.

 CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

 II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir instrumentando las
medidas tendientes a su reactivación, reincorporación del personal, y
evitar la pérdida de la fuente de trabajo de su personal especializado.

 ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el Artículo 10
del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

AMPLIASE por el plazo de 60 (sesenta) días, a partir de los respectivos
vencimientos, el amparo de los beneficios que otorga el Banco de Previsión
Social por Seguro de Desempleo a los 32 (treinta y dos) trabajadores de la
firma SOCIEDAD INDUSTRIALIZADORA DE LANAS S.A., que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo. 

2

COMUNIQUESE, publíquese, etc.


SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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