PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. JOCKEY CLUB DE MONTEVIDEO




Promulgación: 28/10/1998
Publicación: 06/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 VISTO: La solicitud efectuada por el Jockey Club de Montevideo, a fin de
que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 53 (cincuenta y tres) de sus empleados.

 RESULTANDO: I) Que debido a la notoria y grave crisis que afecta al
Jockey Club de Montevideo, se ha suspendido transitoriamente la
organización de la actividad turfística en el Hipódromo de Maroñas.

 II) Que dicha medida, provocó una angustiosa situación para todos los
trabajadores que directa o indirectamente dependen de esta actividad, y
cuya solución lamentablemente no se ha alcanzado aún, sin perjuicio de
haberse sancionado la ley que tiende a solucionar integralmente la
temática del Hipódromo Nacional de Maroñas.

 CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

 II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la institución, pues, de no concederse la presente
prórroga del Seguro de Desempleo, estaríamos frente a un problema social
de muy difícil reparación, considerando no sólo la trascendencia que la
actividad tiene para la zona de Maroñas, sino también la repercusión que
el principal hipódromo del país tiene respecto a todo el turf y elevage
nacional.

 III) Que en tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de otorgar un plazo prudencial,
mientras el proceso expropiatorio y licitatorio culmine todos los trámites
de rigor.

 ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE

1

Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 53 (cincuenta y tres)
trabajadores del Jockey Club de Montevideo, que se encuentren en
condiciones legales de acceder al mismo. 

2

COMUNIQUESE, publíquese, etc. 


SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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