VISTO: el llamado público efectuado a interesados para la explotación de
la frecuencia 92.1 Mhz., para el funcionamiento de una estación en la
localidad de Minas, departamento de Lavalleja, autorizado por la
Resolución del Poder Ejecutivo 268/999 de 27 de abril de 1999.-
RESULTANDO: que de acuerdo a las actuaciones administrativas promovidas
se presentó un interesado que acreditó cumplir con los requisitos
establecidos por la normativa aplicable en la materia.-
CONSIDERANDO: I) que el Poder Ejecutivo como responsable internacional
respecto de la utilización de frecuencias, acorde a lo dispuesto por la
Convención de la U.I.T. (Unión Internacional de Telecomunicaciones), debe
seleccionar al futuro permisario acorde a las facultades legales y
reglamentarias conferidas.-
II) que en tal sentido debe adoptar criterios de selección fundados en la
legalidad, la razonabilidad y el interés general debiendo por su parte
evaluar las especificaciones técnicas al igual que los precitados
requisitos a acreditarse por los postulantes.-
III) que del estudio de la oferta producida surge la conveniencia de
adjudicar la frecuencia de obrados para la operación de una estación, a
los señores Mauricio Andrés Pereira Olivera y Jorge Rodríguez Moreno.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo preceptuado por el artículo 4to. del
Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva
dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991,
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, sus modificativos Decretos
327/980 y 350/986 de 10 de julio de 1980 y 8 de julio de 1986
respectivamente y Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Autorízase a los señores Mauricio Andrés Pereira Olivera y Jorge
Rodríguez Moreno, el uso de la frecuencia 92.1 Mhz., para operar una
estación en la localidad de Minas, departamento de Lavalleja, Canal 221,
con una potencia adjudicada de 1 Kw., altura media de antena de 30 y un
área de cobertura de 14 kilómetros.-