El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión realizada por Las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA), solicitando un incremento de los créditos presupuestales correspondiente a gastos de funcionamiento, para el presente ejercicio.-
RESULTANDO: que el referido incremento se solicita a efectos de cumplir con las obligaciones contraídas por el Ente.-
CONSIDERANDO: que el artículo 41 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005, faculta al Poder Ejecutivo para disponer del 6% del total del Presupuesto Nacional de los Grupos 1, 2, 5 y 7, en el refuerzo de los mismos.-
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y la Unidad de Presupuesto Nacional, y de acuerdo a lo establecido por Resolución del Poder Ejecutivo N° 28/007, de 15 de enero de 2007, que delega atribuciones en la materia.-
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS,
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
Refuérzase en el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", Programa 367 "Política e Infraestructura Aeronáutica", Unidad Ejecutora 021 "Subsidios y Subvenciones", en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", Objeto de Gasto 511/002 "Subsidio PLUNA", por el monto total de $ 7.800.000 (pesos uruguayos siete millones ochocientos mil).-