Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por la empresa ABRASIVOS LIMITADA, a fin
de que se extienda el plazo del Seguro por Desempleo para que se prorrogue
en noventa días el Seguro por Desempleo para su personal que se compone de
diez personas y que gira en el ramo de fabricación y venta de abrasivos.
Resultando: I) Que la empresa Abrasivos Limitada envió a su personal
al Seguro por Desempleo, venciendo el período de amparo de sus diez
empleados en los meses de julio y agosto del presente año 1995.
II) Que la referida empresa presentó un proyecto ante la Corporación para
el Desarrollo a efectos de reconvertir la misma, reduciendo costos con
aportes de tecnología para la producción de papel de manuales y para
máquina pulidora, etc. así como cualquier tipo de abrasivos.
III) Que la empresa tiene previsto la puesta en marcha de la fabricación
en el mes de noviembre del presente año 1995, por lo que se hace necesaria
una prórroga de noventa días a su personal, personal que es especializado,
con más de 20 años de antigüedad en la misma y adaptada al nivel de su
producción, ya que es la única en el país dedicada al mencionado giro.
Considerando: Que resulta conveniente conceder una extensión al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir instrumentando las
medidas para la reactivación de la firma a los efectos del mantenimiento
de las fuentes de trabajo a personas con especialización.
Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el
artículo 10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Extiéndese por el plazo de noventa días, a contar del vencimiento del
Seguro por Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social y que se
encuentren en condiciones de amparo, a los diez empleados de la empresa
ABRASIVOS LIMITADA.