AUTORIZACION DE TRASLADO DE PLANTA EMISORA DE RADIODIFUSION. 1.130 MHZ. MONTEVIDEO




Promulgación: 22/08/2000
Publicación: 31/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 225
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por la empresa
"PORTAN S.A.", permisionaria de la frecuencia 1.130 Mhz., CX 30, Radio
Nacional, del departamento de Montevideo, para que se le autorice el
traslado de su planta emisora a una nueva ubicación dentro de los límites
del referido departamento.-

CONSIDERANDO: I) que el radiodifusor citado comunicó a la Dirección
Nacional de Comunicaciones, la realización del traslado de su planta
emisora una vez ya efectuado, de lo que se concluye la falta de la debida
autorización, la que debe ser otorgada de forma previa.-

II) que los servicios técnicos de la Dirección Nacional de Comunicaciones
informan que no existen objeciones para acceder a lo solicitado.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido por el artículo
4to. del Decreto-Ley 14.670 de 20 de agosto de 1977, en el artículo 4to.
del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción dada
por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991,
artículo 7mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y a lo
informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase  a la empresa "PORTAN S.A.", permisionaria de la frecuencia
1.130 Mhz., CX 30, Radio Nacional, del departamento de Montevideo, el
traslado de su planta emisora para ser emplazada en Camino Paurú s/n
(coordenadas 34º47', 7 S - 57º19', 2 O).-

2

 Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales a otras difusoras u otros servicios ya existentes, deberá
reducir su potencia y tomar las medidas necesarias para su eliminación.-

3

 Aplícase a la empresa "PORTAN S.A." una multa de 50 (cincuenta) Unidades
Reajustables por haber realizado el traslado de su planta emisora sin la
debida autorización previa.-

4

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO
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