Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteamiento efectuado por la Junta Departamental de Río
Negro, por la cual solicita la extensión del Seguro por Desempleo que
sirve el Banco de Previsión Social, a los trabajadores de la firma INCUR,
que gira en el ramo "frigorífico".
Resultando: Que la referida empresa se encuentra paralizada, ante una
situación conyuntural adversa, lo que determina la imposibilidad del
reintegro de sus trabajadores a su trabajo habitual en forma inmediata.
Considerando: I) Que resulta de interés general mantener una
importante unidad de trabajo de vital importancia par el Departamento de
Río Negro, ya que de no accederse a la prórroga significaría un evidente
problema de carácter social.
II) Que resulta conveniente conceder una prórroga del Seguro por Desempleo
para los trabajadores de INCUR S.A. a efectos de permitir a la empresa
seguir instrumentando las medidas para su reactivación y mantenimiento de
la fuente de trabajo.
Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el
artículo 10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Extiéndese por el plazo de noventa días a contar desde los respectivos
vencimientos de amparo, el Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social, a los trabajadores de la firma la INCUR S.A.