PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. INCUR S.A.




Promulgación: 02/08/1995
Publicación: 15/08/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: El planteamiento efectuado por la Junta Departamental de Río
Negro, por la cual solicita la extensión  del Seguro por Desempleo que
sirve el Banco de Previsión Social, a los trabajadores de la firma INCUR,
que gira en el ramo "frigorífico".

    Resultando: Que la referida empresa se encuentra paralizada, ante una
situación conyuntural adversa, lo que determina la imposibilidad del
reintegro de sus trabajadores a su trabajo habitual en forma inmediata.

    Considerando: I) Que resulta de interés general mantener una
importante unidad  de trabajo de vital importancia par el Departamento de
Río Negro, ya que de no accederse a la prórroga significaría un evidente
problema de carácter social.

II) Que resulta conveniente conceder una prórroga del Seguro por Desempleo
para los trabajadores de INCUR S.A. a efectos de permitir a la empresa
seguir instrumentando las medidas para su reactivación y mantenimiento de
la fuente de trabajo.

    Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el
artículo 10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

    Extiéndese por el plazo de noventa días a contar desde los respectivos
vencimientos de amparo, el Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social, a los trabajadores de la firma la INCUR S.A. 

2

    Comuníquese, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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