VISTO: la comunicación de la empresa URUGUAYAN LEATHER CORP. S.A.,
referente a la no ejecución del proyecto de inversión que obtuvo la
declaratoria promocional mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
13 de junio de 2002;
RESULTANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería considera que las razones expuestas por la
empresa son razonables y constata que no se han utilizado los beneficios
otorgados en la mencionada Resolución;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º
de la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base a la recomendación
realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería, decide
recomendar al Poder Ejecutivo dejar sin efecto la declaración
promocional;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178
de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley Nº 16.906 de 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 13 de
junio de 2002 que declara promovido el proyecto de inversión presentado
por la empresa URUGUAYAN LEATHER CORP. S.A.