VISTO: la solicitud de la empresa INTERAGROVIAL S.A., con número de RUT
210065430018, tendiente a que se amplíe la Resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 17 de setiembre de 2008, por la que se declaró promovida la
actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la
construcción de cuatro centros de servicios en los departamentos de
Colonia, Florida, Montevideo y Río Negro;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentado por INTERAGROVIAL S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17 de setiembre de
2008, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa INTERAGROVIAL S.A., tendiente a la construcción de
cuatro centros de servicios en los departamentos de Colonia, Florida,
Montevideo y Río Negro, por un monto de UI 23.571.274.