PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. S. BERTAMINI y A. BERTAMINI MENDOZA CONSTRUCCIONES




Promulgación: 04/11/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 VISTO: El planteo efectuado por la firma S. BERTAMINI y A. BERTAMINI
MENDOZA CONSTRUCCIONES solicitando la extensión del Seguro por Desempleo
para 22 (veintidós) de sus trabajadores.

 RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a enviar al Seguro
por Desempleo a parte de su personal.

 II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, que han
afectado a la Industria de la Construcción, determinan que la empresa se
vea imposibilitada a reintegrar en forma inmediata a dichos trabajadores.

 CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.

 II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo y producción, en virtud de que la no concesión de dicho beneficio
determinaría un importante problema social.

 III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir instrumentando
las medidas tendientes a su reactivación, en virtud de la trascendencia
que dicha firma tiene para el departamento de Cerro Largo.

 ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo estatuido por el Decreto Ley
15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE

1

Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días a partir de los respectivos
vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por Desempleo que
otorga el Banco de Previsión Social, a 22 (veintidós) trabajadores de la
empresa S. BERTAMINI y A. BERTAMINI MENDOZA CONSTRUCCIONES que estuvieren
en condiciones legales de acceder al mismo. 

2

COMUNIQUESE, notifíquese, etc. 


SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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