AUTORIZACION PARA CREACION DE SERVICIO DE ATENCION MEDICA DE EMERGENCIA CON UNIDADES MOVILES. CAMOC




Promulgación: 12/10/1999
Publicación: 21/10/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 976
VISTO: la gestión promovida por la Cooperativa Asistencial Médica del
Oeste de Colonia (CAMOC);

RESULTANDO: que por la misma solicita autorización para la creación de un
Servicio de Atención Médica de Emergencia con Unidades Móviles para
adultos y niños en la ciudad de Carmelo;

CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las
disposiciones legales vigentes;

II) que la Dirección General de la Salud y la División Control de Calidad
no formulan objeciones a lo solicitado;

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 3o. del Decreto No.  578/986 de 26
de agosto de 1986;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Cooperativa Asistencial Médica del Oeste de Colonia
(CAMOC) la creación de un Servicio de Atención Médica de Emergencia con
Unidades Móviles para adultos y niños en la ciudad de Carmelo, bajo la
Dirección Técnica del Doctor Eduardo Vidal.

2

 Establécese que previo a su puesta en funcionamiento, deberá recabarse
la correspondiente habilitación del mismo ante el Ministerio de Salud
Pública.

3

 Comuníquese.

SANGUINETTI - RAUL BUSTOS
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