Visto: la solicitud de la firma SHOPPING CENTERS (URUGUAY) S. A.
tendiente a que se le autorice a importar el equipamiento que detalla al
amparo de la resolución del Poder Ejecutivo del 24 de junio de 1987, por
la cual fuera declarada de Interés Nacional la actividad de su proyecto de
inversión.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
puede accederse a lo solicitado en atención a que esta inversión adicional
es complementaria del proyecto anterior.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
el Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial, lo dictaminado por
la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo
establecido por el decreto ley 14.178 del 28 de marzo de 1974.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Ampliáse la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de junio de
1987, por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto
de inversión presentado por la firma SHOPPING CENTERS (URUGUAY) S.A., en
el sentido de incluir el siguiente equipamiento:
- Dos (2) escaleras mecánicas completas.
- Una (1) Sub-estación completa.
- Cinco (5) equipos de aire acondicionado completos con accesorios y
repuestos dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º y
declarado "no competitivo nacional".