Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo efectuado por la firma SINER S.A., a efectos de que el
Poder Ejecutivo otorgue prórroga del período de amparo al Seguro por
Desempleo para su personal, que asciende a la cantidad de 41 (cuarenta y
uno) trabajadores.
Resultando: I) Que SINER S.A. ha sido afectada por serios problemas
económicos, financieros y de mercado, situación que se inscribe dentro de
la crisis de la Industria Metalúrgica.
Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las razones
expuestas, pues la no concesión de dicho beneficio significará un problema
social irreparable.
III) Que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo del
Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir
instrumentando las gestiones tendientes a la reactivación comercial e
industrial de la misma.
Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 10
del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Extiéndase hasta el 29 de febrero de 1996, a partir de los respectivos
vencimientos, el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social, a los 41 (cuarenta y uno) trabajadores de SINER S.A. que
se encuentren en condiciones de acceder al mismo.