VISTO: Lo dispuesto por el artículo Nº 36 de la Ley Nº 17.555 de fecha 18
de setiembre de 2002.
RESULTANDO: Que por el mismo se declaró de interés nacional, conforme a
lo dispuesto por el ordinal 9º) del artículo 85 de la Constitución de la
República, la zona turística individualizada como Rincón del Bonete y
área aledaña a la Central Hidroeléctrica de Baygorria, departamento de
Durazno.
CONSIDERANDO: I) Que el artículo Nº 37 de la Ley referida cometió al
Ministerio de Turismo la realización del llamado a expresiones de interés
y llamado a licitación para la explotación de la zona turística
mencionada, con aprobación del Poder Ejecutivo.
II) Que el artículo 19 de la Ley Nº 17.555 de 18 de setiembre de 2002
faculta al Estado, los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y
Gobiernos Departamentales a recibir iniciativas relativas a actividades
susceptibles de ser ejecutadas directamente por ellos, o de ser
concesionadas, de acuerdo con las normas constitucionales y legales
vigentes, estableciendo el procedimiento.
III) Que el artículo 20 de la norma citada dispone que en caso que la
iniciativa refiera a un bien o servicio con destino turístico, la
presentación de la misma se realizará ante el Ministerio de Turismo o el
Gobierno Departamental que corresponda; debiéndose seguir el
procedimiento previsto en el artículo 19 de la Ley, en forma conjunta con
el organismo o institución propietaria del bien.
IV) Que a tales efectos el Ministerio de Turismo, conjuntamente con la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, llamará a
presentación de expresiones de interés para la concesión de explotación
del total o parte de las instalaciones de dicha zona y aprobará el pliego
de condiciones respectivo.
V) Que sometido el Pliego de Condiciones a estudio de la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, ésta realizó
observaciones que fueron contempladas en el nuevo Pliego obrante a fs. 51
a 55.
ATENTO: A lo expresado y a lo dispuesto por los artículos 19, 20, 36 y 37
de la Ley Nº 17.555 de 18 de setiembre de 2002, Ley Nº 15.851 de 24 de
diciembre de 1986, artículo 84 y Decreto Ley Nº 14.335 de 23 de diciembre
de 1974.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
1
Autorízase el llamado a Expresiones de Interés para la concesión de
explotación del total o parte de las instalaciones correspondientes al
área aledaña a la Central Hidroeléctrica de Baygorria, departamento de
Durazno, Padrón Nº 8007 (P) y apruébase el Pliego de Condiciones que
regirá el mismo.