RECONOCIMIENTO DE CARRERA DE NIVEL TERCIARIO NO UNIVERSITARIO. "TECNICATURA EN GESTION DE ORGANIZACION DE EVENTOS Y HOSPITALIDAD"(PLAN 2016). UNIVERSIDAD DE MONTEVIDEO




Promulgación: 21/09/2017
Publicación: 04/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de reconocimiento del nivel terciario no universitario de la carrera "Tecnicatura en Gestión de Organización de Eventos y Hospitalidad" presentada por la Universidad de Montevideo el 30 de octubre de 2015.

   RESULTANDO: I) que el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada, (CCETP), entiende que la carrera "Tecnicatura en Gestión de Organización de Eventos y Hospitalidad" (Plan de estudios 2016) alcanza la suficiencia académica para ser reconocida como carrera terciaria no universitaria, lo cual surge del Dictamen 564 de 21 de marzo de 2017.

   II) que la carrera debe ubicarse en el área de conocimiento N° 6: Ciencias de la Administración.

   III) que el Título a expedirse será "Técnico en Gestión de Organización de Eventos y Hospitalidad" (Nivel III) de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 del Decreto 104/014 de 28 de abril de 2014.

   CONSIDERANDO: I) que en consecuencia corresponde reconocer la Carrera "Tecnicatura en Gestión de Organización de Eventos y Hospitalidad" (Plan de estudios 2016), como carrera terciara no universitaria (Nivel III).

   II) que la Universidad de Montevideo deberá reforzar los mecanismos de monitoreo y supervisión académica de las prácticas que se realizan en las empresas, según surge del Dictamen referido en el Resultando I).

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto-Ley 15.661 de 23 de octubre de 1984, por el Decreto 104/014 de 28 de abril de 2014, a la Resolución del Poder Ejecutivo 813/997 de 2 de setiembre de 1997 y a lo dictaminado por el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaría Privada y a lo informado por la Dirección de Educación.

                   LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA.
              - en ejercido de las atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Reconócese el nivel terciario no universitario de la carrera "Tecnicatura en Gestión de Organización de Eventos y Hospitalidad" (Plan de estudios 2016) dictado por la Universidad de Montevideo.

2

   Establécese que se otorgará el título "Técnico en Gestión de Organización de Eventos y Hospitalidad" (Nivel III).

3

   Dispónese que la Institución deberá reforzar los mecanismos de monitoreo y supervisión académica de las prácticas que se realizan en las empresas.

4

   Encomiéndase a la Secretaría del CCETP, la certificación de los originales del Plan de Estudios para la Institución y para esta Secretaría de Estado.

5

   Comuníquese al Área de Educación Superior y al Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada del Ministerio de Educación y Cultura.

6

   Notifíquese a la Universidad de Montevideo.

7

   Cumplido, archívese.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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