Exonérase en forma total a la empresa Armco Uruguaya S.A. de todo
recargo incluso el minimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero
Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo
tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado no "competitivo
de la industria nacional" a excepción del Impuesto al Valor Agregado:
Una (1) grúa puente completa con accesorios y repuestos.
Un (1) galpón prefabricado en chapas galvanizadas.