Visto: lo dispuesto por el artículo 1º de la ley 16.300 de fecha 28 de
agosto de 1992 y sus correspondientes reglamentos;
Considerando: que el señor Presidente de la República Italiana es una
personalidad relevante que ocupa la más alta investidura pública de su
país y que ha desarrollado una tan intensa como entusiasta labor para el
acercamiento de los pueblos uruguayo e italiano;
Atento: a la propuesta elevada por el Ministerio de Relaciones
Exteriores;
El Presidente de la República
RESUELVE: