Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo efectuado por la firma RUEDA S.R.L., a efectos de que
se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo para 3 (tres) de sus
trabajadores.
Resultando: I) Que la mencionada empresa se vio obligada a enviar al
Seguro por Desempleo a sus trabajadores, por graves problemas económicos y
financieros.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su producción y gestión,
que han afectado a la industria metalúrgica nacional, determinan que la
empresa se vea imposibilitada de reintegrar en forma inmediata a sus
trabajadores.
Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una nueva extensión del Seguro por
Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir instrumentando las
medidas tendientes a la reactivación de la firma con la finalidad de
mantener la fuente de trabajo de su personal especializado.
Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase por 60 (sesenta) días, a partir de los respectivos
vencimientos, el amparo de los beneficios que otorga el Banco de Previsión
Social por Seguro de Desempleo a los 3 (tres) trabajadores de la firma
RUEDA S.R.L., que se encuentren en condiciones de acceder al mismo.