OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. SUDAMTEX DE URUGUAY S.A.




Promulgación: 11/07/2001
Publicación: 17/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la Sindicatura de la firma SUDAMTEX DE 
URUGUAY S.A.,  a fin de que se amplíe el beneficio de Seguro por 
Desempleo que abona el Banco de Previsión Social a 30 (treinta), de sus 
trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la Empresa procedió a solicitar la liquidación 
judicial, nombrándose como Síndico de la misma a la Liga de Defensa 
Comercial.

II) Que la Sindicatura se encuentra abocada a la obtención de inversiones 
a efectos de poder reabrir la planta industrial, por lo que sus 
trabajadores se encuentran en seguro por desempleo y no pueden ser 
reintegrados en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de 
trabajo que puede proporcionar la nueva empresa, considerándose 
conveniente esta ampliación apuntando a tal fin.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíase por el plazo de 30 (treinta), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 1 (un), trabajador 
de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A., que se encuentre en condiciones 
legales de acceder al mismo.

2

 Amplíase por el plazo de 60 (sesenta), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 1 (un), trabajador 
de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A., que se encuentre en condiciones 
legales de acceder al mismo.

3

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 28 (veintiocho), 
trabajadores de la firma SUDAMTEX DE URUGUAY S.A., que se encuentren en 
condiciones legales de acceder al mismo.

4

 El monto del subsidio que por esta Resolución se otorga, se liquidará de 
conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180.

5

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO


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