Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado ante el Poder Ejecutivo, a efectos de
extender el beneficio de Seguro por Desempleo para 11 (once),
trabajadores que prestaron servicios en la Empresa ALSUSA.
RESULTANDO: Que los referidos trabajadores se encuentran con el plazo del
Seguro por Desempleo vencido, no existiendo, en la actualidad, la
posibilidad del reintegro inmediato a la actividad laboral.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una prórroga del beneficio del
Seguro por Desempleo plazo durante el cual se intentará la reinserción
laboral de estos trabajadores.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el artículo
10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
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Extiéndase por el plazo de 90 (noventa días), a partir de sus
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 11 (once),
trabajadores de la Industria del Calzado, que trabajaron en la Empresa
ALSUSA y que estuvieren en condiciones legales para acceder al
beneficio.