EXONERACION DEL IVA A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES GENERADAS POR LA ACTUACION DE LOS ARTISTAS NO RESIDENTES PARTICIPANTES DE LA "57a SEMANA DE LA CERVEZA"




Promulgación: 21/03/2024
Publicación: 03/04/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
    VISTO: la realización de la "57ª Semana de la Cerveza", entre los días 23 y 31 de marzo de 2024, en el departamento de Paysandú;

   RESULTANDO: I) que el evento tiene una indudable trascendencia turística;

   II) que el mismo ha sido declarado de interés departamental por Resolución de la Intendencia de Paysandú con fecha 8 de marzo de 2024;

   III) que se ha cumplido con las condiciones que establece el Decreto N° 31/014, de 11 de febrero de 2014;

   CONSIDERANDO: que es conveniente otorgar en el marco de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, aquellos beneficios fiscales que mejoren las condiciones de realización de la referida actuación;

   ATENTO: a lo expuesto y a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las retribuciones personales generadas por la participación de los artistas no residentes en la "57ª Semana de la Cerveza" entre los días 23 y 31 de marzo de 2024, en el departamento de Paysandú.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - EDUARDO SANGUINETTI
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