PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. NORTEL S.A.




Promulgación: 25/09/1996
Publicación: 08/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: El planteo realizado por NORTEL S.A., solicitando la extensión
del Seguro por Desempleo, para 12 (doce) de sus trabajadores.

   Resultando: I) Que la citada empresa se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a parte de su personal al Seguro por
Desempleo.

 II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, que han
afectado la Industria Automotriz Nacional, determinan que la empresa se
vea imposibilitada de reingresar en forma inmediata a sus trabajadores.

   Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

 II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, parcial y transitoriamente paralizada por las
razones expuestas, en virtud de la trascendencia que para la zona de Pan
de Azúcar (Maldonado) tiene la empresa NORTEL S.A.

 III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir gestionando
negocios con el exterior, que permitan la reactivación fabril, a fin de
consolidar la unidad de trabajo y producción.

   Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el art. 10
del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                 El Presidente de la República


                            RESUELVE:

1

   Extiéndase hasta el 30 de noviembre de 1996, a partir de los
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a los 12 (doce)
trabajadores de la empresa NORTEL S.A. que estuvieren en condiciones de
acceder al mismo. 

2

   Comuníquese, notifíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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