El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión realizada por el Ministerio de Defensa Nacional, solicitando un incremento del tope de ejecución presupuestal establecido en el artículo 1° del Decreto N° 90/020, de 11 de marzo de 2020;
RESULTANDO: que el referido incremento será destinado a la adquisición de 2 (dos) aeronaves Hércules C-130H al Reino de España;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 1° del Decreto N° 90/020, de 11 de marzo de 2020, establece un límite máximo de ejecución presupuestal para el ejercicio 2020, en el 85% (ochenta y cinco por ciento) de los gastos comprometidos del Ejercicio 2019, para los Incisos 02 a 15 de la Administración Central. El límite establecido precedentemente será aplicado por la Contaduría General de la Nación a nivel de Programa;
II) que el artículo 5° del precitado Decreto establece que el Poder Ejecutivo, actuando en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, podrá autorizar las inversiones que superen los topes máximos establecidos, cuando: a) se verifique que generen ahorros para el Estado y su financiamiento sea compatible con la programación financiera; b) se encuentren en ejecución y su retraso o suspensión implique mayores costos para el Estado;
III) que se recabó informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a lo previsto en el artículo 5° del Decreto N° 90/020, de 11 de marzo de 2020;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase en el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", el incremento de tope de ejecución presupuestal en inversiones, establecido en el Decreto N° 90/2020, de 11 de marzo de 2020, en el Programa 300 "Defensa Nacional", por el equivalente en moneda nacional a € 8:897.693 (euros ocho millones ochocientos noventa y siete mil seiscientos noventa y tres).