SUSPENSION DE FRECUENCIAS DE RADIODIFUSION. CX 36 Y CX 44




Promulgación: 26/08/1994
Publicación: 06/09/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 513
    Visto: las irregularidades cometidas por PANAMERICANA S.R.L. (CX 44) y
RED CENTENARIO S.A. (CX 36) los días 24 y 25 de agosto de 1994, con
respecto a la modificación de programación y emisión en cadena sin
autorización.

 Resultando: que dichas emisoras coordinaron una transmisión en cadena y
modificaron la programación prevista y comunicada oportunamente, sin
previo aviso a las autoridades competentes (Dirección Nacional de
Comunicaciones).

 Considerando: que las conductas referidas configuran una violación de lo
dispuesto en los artículos 32 y 34 del Decreto No. 734/78 de fecha 20 de
diciembre de 1978.

 Atento: a lo establecido en el artículo 4 del Decreto-Ley 14.670 de fecha
23 de junio de 1972.

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

  Clausurar por el término de 48 horas a partir de la notificación, las
transmisiones y retransmisiones de las emisoras de radiodifusión RED
CENTENARIO S.A. (CX 36) y PANAMERICANA S.R.L (CX 44).

2

   Pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones a los efectos de la
notificación y contralor del cumplimiento.

3

 Comuníquese, publíquese y archívese.

LACALLE HERRERA - DANIEL H. MARTINS
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