Visto: la solicitud de la firma TSAKOS INDUSTRIAS NAVALES S.A.
tendiente a que se prorrogue el plazo del beneficio del decreto ley 15.548
y de la exoneración del Impuesto que grava los aumentos de capital,
concedidos en los numerales 3º y 4º de la Resolución del Poder Ejecutivo
del 9 de diciembre de 1987 (Declaratoria de Interés Nacional).
Resultando: I) La Unidad Asesora de Promoción Industrial considera
aceptables los motivos expuestos por la empresa, por lo que propone
acceder a lo solicitado, por el monto de la inversión incremental y por el
plazo de un año;
II) Que correspondería adecuar la referencia a la norma que grava los
aumentos de capital de las sociedades anónimas.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial,
lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, y lo dispuesto por el decreto ley 14.178 de 28 de marzo
de 1974,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Modifícase el numeral 3º de la Resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 9 de diciembre de 1987, que declaró de Interés Nacional la actividad
del proyecto de Inversión de TSAKOS INDUSTRIAS NAVALES S. A., en el
sentido de prorrogar el plazo establecido en el inciso 1º hasta el
30/6/992 por hasta un monto de U$S 2:722.000.
Prorrógase el plazo previsto en el numeral 4º de la referida
resolución hasta el 30/6/993, por un aumento de capital de hasta U$S
2:722.000. La presente exoneración se entenderá referida al artículo 626
de la ley 16.170.