PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CADEMI




Promulgación: 02/10/1996
Publicación: 10/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: El planteo realizado por la Junta Departamental de Río Negro,
solicitando la extensión del Seguro por Desempleo para 28 (veintiocho)
trabajadores del Sanatorio CADEMI.

   Resultando: Que la referida institución se encuentra paralizada, ante
una situación coyuntural adversa, que determinará la imposibilidad de
reintegro de sus trabajadores a su trabajo habitual en forma inmediata.

   Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto Ley Nº
15.180.

 II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo, de vital importancia para el Departamento de Río Negro, ya que de
no accederse a la prórroga significaría un evidente problema de carácter
social.

   Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el art. 10
del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

   El Presidente de la República

                             RESUELVE:

1

   Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del Seguro por Desempleo que abona el
Banco de Previsión Social, a los trabajadores de la firma CADEMI, que se
encuentren en condiciones legales de acceder al mismo. 

2

   Comuníquese, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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