TRANSPORTE AEREO. TRANSURUGUAY S.R.L.




Promulgación: 06/11/1990
Publicación: 06/12/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

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Antes de operar la permisaria deberá implementar a su costo los
requerimientos que se hicieren necesarios para realizar un efectivo
control de tránsito aéreo por la Dirección General de Infraestructura
Aeronáutica y de superficie por la Prefectura Nacional Naval. La
permisaria deberá iniciar los servicios dentro del término de doce meses
de publicada esta resolución, so pena de caducidad. 
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