INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. VERGARA. TREINTA Y TRES




Promulgación: 24/11/1992
Publicación: 21/12/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

4

   El interesado deberá suministrar dentro del término de 30 días toda
información o documentación que le reclame la Dirección Nacional de
comunicaciones, a efectos de complementar su proyecto y posibilitar el
mantenimiento de esta autorización. El cumplimiento de estas condiciones
no supondrá cambio alguno en su precariedad y revocabilidad. 
Referencias al numeral
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