Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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LA: Comisión Nacional de Becas deberá rendir cuenta documentada de las
partidas mencionadas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 114 y
115 del T.O.C.A.F. (Decreto Nº 194/97 del 10 de junio de 1997).