VISTO: la propuesta elevada por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
CONSIDERANDO: que el Profesor Angelo Ferro, Cónsul Honorario del Uruguay
en Padua-Venecia es una personalidad relevante que desarrolla una labor
intensa, aportando con ella al mejor relacionamiento entre la República
Oriental del Uruguay y la Región del Veneto, República Italiana;
ATENTO: lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley 16.300 de fecha 28 de
agosto de 1992 y sus correspondientes reglamentos;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Entréguese la "Medalla de la República Oriental del Uruguay", al
Profesor Angelo Ferro, Cónsul Honorario del Uruguay en Padua-Venecia,
República Italiana.