TRANSPORTE AEREO. PASAJEROS. CORREO. CARGA. AEROLINEAS URUGUAYAS S.A.




Promulgación: 06/11/1990
Publicación: 06/12/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

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   Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 121 del Código
Aeronáutico, la Dirección General de Aviación Civil evaluará
periódicamente el ejercicio de esta concesión y adoptará las adecuaciones,
modificaciones y medidas que estime correspondan.  
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