VISTO: la solicitud de la empresa SLINGER ARGIBAY, ALEJANDRO CARLOS Y
ANEGON KLECL, BERNARDO, con número de RUT 215489630015, de obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
RESULTANDO: que el proyecto presentado tiene como objetivo instalar y
equipar sus nuevas oficinas;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, de acuerdo a lo establecido en el
art. 10° del Decreto N° 455/007, de 27 noviembre de 2007, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley;
II) que el proyecto presentado por SLINGER ARGIBAY, ALEJANDRO CARLOS Y
ANEGON KLECL, BERNARDO, da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No.
16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
SLINGER ARGIBAY, ALEJANDRO CARLOS Y ANEGON KLECL, BERNARDO, tendiente a
instalar y equipar sus nuevas oficinas, por un monto de UI 1.633.388.