VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) por la cual da cuenta de la solicitud presentada
por Fabio Descalzi Sgarbi, Fiorella Inés Descalzi Sgarbi, María Grazia
Descalzi Sgarbi en sus calidades de únicos y universales herederos del
señor Raúl Descalzi Ipharraguerre y de Lida Elena Sgarbi Regueiro para
transferir las acciones de la sociedad "FRAY BENTOS VIDEO CABLE S.A.", a
favor de María Elvira Salvo Ferreri permisionaria del Servicio de
Televisión para Abonados por el sistema cable en la ciudad de Fray
Bentos, Departamento de Río Negro y por el sistema TDH en determinadas
localidades y zonas rurales del mismo Departamento, autorizado en el
marco de régimen de extensión de área de servicios dispuesto por la
Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997.-
RESULTANDO: que la sociedad permisionaria estaba integrada por el señor
Raúl Descalzi Ipharraguerre y por la señora María Elvira Salvo Ferreri
como únicos accionistas.-
CONSIDERANDO: I) que la cesionaria en su calidad de accionista de la
sociedad permisionaria ha dado cumplimiento oportunamente con los
requisitos exigidos por los artículos 8vo. y 9no. del Decreto 349/990 de
7 de agosto de 1990.-
II) que ha transcurrido el plazo de cinco años desde la autorización
inicial para suministrar el servicio.-
III) que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto
349/990 de 8 de agosto de 1990, Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Autorízase la transferenica de las acciones de la Sociedad "FRAY BENTOS
VIDEO CABLE S.A.", propiedad del señor Raúl Descalzi Ipharraguerre y su
cónyuge Lida Elena Sgarbi Regueiro a sus únicos y legítimos herederos
Fabio Descalzi Sgarbi, Fiorella Inés Descalzi Sgarbi y María Grazia
Descalzi Sgarbi.-