TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD. FRECUENCIA 1.560 KHZ. CV 156 RADIO VICHADERO. RIVERA




Promulgación: 24/11/1998
Publicación: 04/12/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1205
Referencias a toda la norma
 VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor José
Enrique Mariño Ubilla titular de la emisora CV 156 Radio Vichadero, que
opera en la frecuencia 1.560 Khz., en el departamento de Rivera, para que
se le otorgue la autorización correspondiente para transferir dicha
titularidad a la sociedad "Mariño y Mariño S.R.L.", que integran el actual
titular y el señor José Mariño Rodríguez.

 RESULTANDO: I) que dicha Estación Radiodifusora fue adjudicada al señor
Enrique Oribe Coronel, por la Resolución del Poder Ejecutivo 29.145 de 5
de setiembre de 1961.

 II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 37.145 de 23 de marzo de
1965, se dejó sin efecto la autorización al señor Enrique Oribe Coronel,
concediéndole la misma al señor José Enrique Mariño Ubilla.

 CONSIDERANDO: I) que el señor José Mariño Rodríguez cumple con todas las
exigencias dispuestas por el Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y
normas concordantes, cumpliendo asimismo a lo dispuesto por los Decretos
586/990 de 18 de diciembre de 1990, 347/992 de 21 de julio de 1992 y
125/993 de 12 de marzo de 1993.

 ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones.

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

Autorízase la transferencia de la Emisora CV 156 Radio Vichadero, que
opera en la frecuencia 1.560 Khz., en el departamento de Rivera cuyo
titular es el señor José Enrique Mariño Ubilla, a la sociedad "Mariño y
Mariño S.R.L.", integrada por los señores José Enrique Mariño Ubilla y
José Mariño Rodríguez, como únicos socios.

2

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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