VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciaones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida
por Adriana Teresita Iglesias Figueira, Patricia Verónica Iglesias
Figueira, Eduardo Rafael Iglesias Figueira en sus calidades de únicos y
universales herederos del señor José Félix Iglesias Valdés y Celia Teresa
Figueira en su calidad de cónyuge supérstite, por la cual solicitan se
autorice la transferencia de la titularidad de la frecuencia CX 232 Radio
Internacional FM 94.5 a favor de la sociedad "Sucesión Walfrido Figueira
Morán S.R.L.".-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 818/998 de fecha
9 de octubre de 1998, se autorizó a los señores José Félix Iglesias y
Celia Teresa Figueira el uso de la frecuencia 94.5 Mhz, para operar una
estación en la localidad de Rivera, departamento de Rivera, Canal 233.-
II) que en el numeral 3ro. de dicho acto administrativo se dispuso que
los adjudicatarios deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
4to. del Decreto 125/993 de fecha 12 de marzo de 1993, esto es adoptar
alguna de las formas societarias previstas en los Capítulos II y III de
la Ley 16.060 de fecha 4 de setiembre de 1989, con el fin de participar
en las ganancias y soportar las pérdidas de la explotación.-
III) que dicho extremo no ha sido cumplido hasta la actualidad, debiendo
señalarse que la Resolución mencionada no dispuso un plazo para su
cumplimiento, habiendo fallecido uno de los cotitulares, el señor José
Félix Iglesias.-
CONSIDERANDO: I) que los gestionantes han dado cumplimiento a los
requisitos personales exigidos por el artículo 8vo. del Decreto 734/78 de
fecha 20 de diciembre de 1978.-
II) que tratándose los gestionantes herederos de más de una persona
física, a efectos de poder autorizar la transferencia a las mismas de la
cuota parte del causante en la titularidad de la estación radiodifusora
que opera en la frecuencia 94.5 Mhz, deberán los mismos constituir una
sociedad de acuerdo a la normativa vigente, citada en el Resultando II.-
III) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1573/01 de fecha 31 de
octubre de 2001, se autorizó la transferencia de las cuotas sociales
propiedad del señor José Félix Iglesias, en la sociedad "Sucesión
Walfrido Figueira Morán S.R.L.", a favor de Adriana Teresita Iglesias
Figueira, Patricia Verónica Iglesias Figueira, Eduardo Rafael Iglesias
Figueira y Celia Teresa Figueira, siendo la misma la integración actual
de dicha sociedad.-
IV) que en atención a lo expuesto, corresponde autorizar a los
gestionantes a integrar las cuotas avas partes que le corresponden en la
titularidad de la estación radiodifusora que opera en la frecuencia 94.5
Mhz, en sus calidades de herederos del señor José Félix Iglesias Valdés,
a la Sociedad "Sucesión Walfrido Figueira Morán S.R.L.".-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de fecha 23 de junio de 1977, Decreto 734/78 de fecha 20 de
diciembre de 1978, Decreto 125/93 de fecha 12 de marzo de 1993, Ley
17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad
Reguladora de Servicios Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transferencia de la cotitularidad de la estación
radiodifusora CX 233 Radio Internacional FM 94.5 de Rivera perteneciente
al señor José Félix Iglesias, a favor de sus sucesores Adriana Teresita
Iglesias Figueira, Patricia Verónica Iglesias Figueira, Eduardo Rafael
Iglesias Figueira y Celia Teresa Figueira.-
Autorízase a los mencionados sucesores, a integrar las cuotas avas
partes que le corresponden en la titularidad de la estación radiodifusora
antes mencionada, a la Sociedad "Sucesión Walfrido Figueira Morán
S.R.L.", quien por tanto se constituye en la titular de la emisora CX 233
Radio Internacional FM 94.5 de la ciudad de Rivera, del departamento de
Rivera.-