El Ministerio de Industria y Energía, previo informe de la Unidad
Asesora de Promoción Industrial comunicará a los organismos competentes el
listado básico de bienes cuya importación se encuentra exonerada, las
cantidades de cada bien que se solicite importar, la pertinencia de la
inclusión de determinado bien en el listado básico, así como su posible
fabricación nacional a los efectos de la exoneración del Impuesto al Valor
Agregado.