DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO. ESCULTURA DEL GENERAL JOSE G. ARTIGAS A CABALLO EN MARCHA. PAYSANDU




Promulgación: 24/02/2011
Publicación: 11/03/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 436
VISTO: la gestión promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la
Nación para declarar Monumento Histórico Nacional el monumento al General
José Gervasio Artigas emplazado en la Plaza del mismo nombre, de la ciudad
de Paysandú.

RESULTANDO: I) que la construcción de dicho monumento fue a instancia de
un grupo de jóvenes sanduceros que en agosto de 1912 reunidos en el Ateneo
de Paysandú, acordaron celebrar el 87 aniversario de la Declaratoria de la
Independencia en la Florida, y designaron un comité para que proyectara y
llevara a cabo los festejos, presidido por Alfredo Pignat.

II) que el secretario de dicho comité mociona para la construcción de una
escultura dedicada al Prócer nacional, lo cual determinó la ejecución de
un monumento. El 24 de octubre de 1913 llega por primera vez a Paysandú el
prestigioso escultor italiano Ezio Ceccarelli, a quien ese mismo día se le
adjudicó la obra, la cual fue finalmente inaugurada el 25 de octubre de
1925, y consiste en una escultura que representa a Artigas "en marcha"
considerando el movimiento del caballo y la vestimenta del Prócer,
realizada en bronce, con cuatro metros y medio de altura, sobre un
pedestal al que se han adosado relieves realizados en bronce, con
fundición realizada en Italia por la casa Canziani y Guastini.

III) que es de interés de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
reconocer, valorar y difundir ejemplos de importantes obras escultóricas
ubicadas en toda la República.

CONSIDERANDO: I) que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
entiende necesario proceder a la protección de la escultura del General
José Gervasio Artigas ubicada en la ciudad de Paysandú, atendiendo al
valor patrimonial que representa.

II) que asimismo la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación es
partidaria de proceder a la declaratoria de la escultura del General José
Gervasio Artigas, de forma de preservar aquellos bienes trascendentes para
la comunidad departamental y para el colectivo nacional.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en los artículos 160,
168 N° 24 y 181 N° 8 de la Constitución de la República, en la Ley 14.040
del 20 de octubre de 1971 y su decreto reglamentario 536/972 del 1° de
agosto de 1972, y la resolución de fecha 01 de junio de 2006.

                    EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 DECLÁRASE monumento histórico nacional, la obra escultórica que
representa al General José Gervasio Artigas montado a caballo "en marcha",
realizada en bronce por el escultor italiano Ezio Ceccarelli, de cuatro
metros y medio de altura, sobre un basamento de granito rojo, con relieves
realizados en bronce, y que se encuentra emplazada en la Plaza Artigas,
delimitada por las calles Carlos Albo, Entre Ríos, Florida y Leandro
Gómez, de la ciudad de Paysandú de dicho Departamento.

2

 LA REFERIDA OBRA ESCULTÓRICA quedará gravada con las siguientes
servidumbres: A) Prohibición de realizar cualquier modificación que altere
las líneas, el carácter o la finalidad de la obra. B) Obligación de
proveer a la conservación de la misma y de efectuar las reparaciones
necesarias para ese fin, solicitando la asistencia técnica del Taller de
Restauración de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación.

3

 COMUNÍQUESE a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a la
Intendencia de Paysandú, a la Junta Departamental de Paysandú y al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

4

 PUBLÍQUESE en el Diario Oficial.

5

 CUMPLIDO, remítanse las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural
de la Nación para su registro y posterior archivo.

RICARDO EHRLICH
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