DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. NORDEX S.A.




Promulgación: 25/11/1998
Publicación: 04/12/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1234
 VISTO: la solicitud de la firma NORDEX S.A., que se dedica a la
fabricación, armado y comercialización de automóviles, tendiente a
obtener, al amparo del Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción Industrial, del
28 de marzo de 1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad
que se propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales;

 RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo la fabricación
de automóviles Renault, con destino a la exportación a los mercados de
Argentina y Brasil;

  II) la Dirección Nacional de Industrias resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por NORDEX S.A. y propone medidas promocionales;

 CONSIDERANDO: que el proyecto presentado por la firma NORDEX S.A., es
viable técnica, financiera y económicamente y encuadra en los lineamientos
del Decreto Ley Nº 14.178 del 28 de marzo de 1974;

 ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Dirección Nacional de
Industrias y lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción
Industrial del 28 de marzo de 1974;

                   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por NORDEX S.A., que tiene como finalidad la fabricación de
automóviles Renault, con destino a la exportación a los mercados de
Argentina y Brasil.

2

Exonérase en forma total a la empresa NORDEX S.A., de todo recargo
incluso el mínimo, Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de
Movilización de Bultos y en general todo tributo cuya aplicación
corresponda en ocasión de la importación del siguiente equipamiento
previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la industria
nacional":
. Cinco (5) juegos de piezas de chapistería.
. Dos (2) juegos de piezas de montaje.
. Cincuenta y cinco (55) patrones de piezas-tipo de chapistería con
reporte de metrología.
. Diez (10) secuenciadores de soldadura Clemessy.
. Cinco (5) busters Ramone.
. Cinco (5) busters LBJ.
. Una (1) pistola Tucker PK 102.
. Cien (100) juegos de presentadores de documentación.
. Un (1) equipo para control de circuito de frenos.
. Una (1) máquina de llenado de circuito de frenos (RCF-MP).
. Una (1) máquina de llenado de circuito de refrigeración de motor
(RC1A-MP).
. Elementos para 40 mts. de vía KBK II-L.
. Doscientos sesenta y cuatro (264) conjuntos de suspensión corta a viga
IPE 80-270.
. Cincuenta (50) módulos para 500 kg.- KBK II-L.
. Veinte (20) módulos para 125 KBK 100.
. Componentes para ser usados en el sistema de soldadura.
. Tres (3) recirculadores de pintura.
. Una (1) bomba para plastisol.
. Una (1) bomba de trasvase.
. Cuatro (4) conjuntos de lámparas infrarrojas.
. Tres (3) equipos móviles de 2 cassettes.
. Tres (3) taladros pistola.
. Tres (3) taladros rectos.
. Dos (2) lijadoras s/ aspiración.
. Dos (2) pulidoras.
. Un (1) set de herramientas neumáticas (atornilladoras y angulares) y
kits de repuestos.
. Elementos para 280 mts. de vía KBK II-L.

3

Otórgase a la firma NORDEX S.A. la exoneración prevista en el art. 1º
del Decreto Ley Nº 15.548, con la redacción dada por el art. 419 de la Ley
Nº 15.903, hasta un monto máximo generador de dicha exoneración de U$S
2.440.000, que será aplicable a los ejercicios fiscales comprendidos entre
el 1o./07/97 y el 30/09/99.
En virtud del art. 3º del decreto Ley Nº 15.548, el financiamiento del
presente proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del ahorro
previsto en el Decreto Ley Nº 14.178, art. 9º.
La empresa NORDEX S.A., tendrá un plazo máximo para realizar las
modificaciones estatutarias y trámites que sean necesarios ampliando el
capital autorizado y emitir las acciones correspondientes al capital
integrado, de acuerdo al inciso 1º del presente numeral, hasta el día
30/06/2000.

4

Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara de Interés Nacional en
la presente resolución, se podrán computar como activos exentos a los
efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de
tres años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive. A los
efectos del cómputo de los pasivos los citados bienes serán considerados
activos gravados.

5

A los efectos del control y seguimiento, la empresa NORDEX S.A. deberá
documentar ante el Ministerio de Industria, Energía y Minería anualmente y
durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio
de toda otra información que les sea requerida.

6

A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria, Energía y Minería,
previo informe de la Dirección Nacional de Industrias, certificará a los
organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con su
adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.

7

Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte, la
revocación de la declaración de Interés Nacional, de conformidad a lo
dispuesto en el Art. 13 del Decreto Ley Nº 14.178 y demás disposiciones
concordantes o que se establezcan.

8

Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - JUAN ALBERTO MOREIRA
Ayuda