Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: El planteo realizado por la firma TUPLAN SOCIEDAD ANONIMA,
solicitando la extensión del Seguro por Desempleo para 22 (veintidós), de
sus trabajadores.
Resultando: I) Que la citada empresa se vio obligada a enviar al Seguro
por desempleo a parte de su personal.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, que han
afectado a la Industria textil, determinan que la empresa se vea
imposibilitada a reintegrar en forma inmediata a dichos trabajadores.
Considerando: I) Que resulta de interés general mantener una importante
fuente de trabajo y producción, en virtud de que la no concesión de dicho
beneficio determinará un importante problema social.
II) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir en la
reconversión industrial que permitan su reactivación fabril y consolidar
la unidad de producción.
III) Que la presente prórroga se encuentra comprendida dentro de los
plazos que establece el Decreto Ley 15.180.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo estatuido por el Decreto
Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días y a partir de los
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 22 (veintidós) de sus
trabajadores de la empresa TUPLAN S.A. y que estuvieren en condiciones
legales de acceder al mismo.