DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. PREKOR S.A.




Promulgación: 14/06/2010
Publicación: 02/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1323

4

 Los bienes que se incorporen con destino a la Obra Civil, para llevar a cabo la actividad del proyecto de inversión que se declara promovido en 
la presente resolución, se podrán computar como activos exentos a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, por el término de 8 años a partir de su incorporación y los bienes muebles de activo fijo por el término de su vida útil. A los efectos del cómputo de los pasivos, los citados bienes serán considerados activos gravados. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.667/010 de 07/12/2010 numeral 1.

TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 979/010 de 14/06/2010 numeral 4.
Ayuda